Publicado el 18/06/2021
El pasado 20 de mayo de 2021, el gobierno argentino formalizó la medida de restringir las exportaciones de carne con el fin de bajar el precio interno de la misma. Ante esta nueva postura la Federación de Asociaciones Rurales del Mercosur Ampliado, mostró su total descontento dando a entender que ésta atentaba contra el libre comercio, creando inestabilidad, incertidumbre y paralizando a su vez, otros sectores de la economía.
Luego de la controversia ocasionada por los diferentes sectores, el gobierno decidió lanzar una resolución por tan sólo un mes, determinando algunas medidas necesarias para lograr un consenso que logre, principalmente, morigerar el alza en el precio interno de la carne:
La Resolución 75/2021 determinó a través del Boletín Oficial que se suspenda la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) por el plazo de 30 días (20/05/2021 - 20/06/2021), respecto de los productos cárnicos, de origen bovino (detallados en la misma), teniendo los siguientes objetivos:
- Estabilización de precios internos.
- Resguardar la buena fe comercial.
- Afirmar la soberanía nacional.
- Salud pública, política alimentaria o sanidad animal.
La primera finalidad sobre esta medida era lograr desplazar los commodities que impactan en el mercado interno, los cuales se encuentran expresados en términos internacionales (dólares), a un precio en concordancia con la economía nacional (pesos). La lógica detrás de esta política monetaria, radicó en aumentar la oferta interna en el corto plazo, restringiéndola por un período muy corto de tiempo, evitando la desestabilización del mercado interno, y así impulsar la reducción de los precios por ley de oferta y demanda.
La realidad es que el precio de la carne creció un 65% interanual en abril, haciéndose insostenible para el ciudadano promedio argentino, siendo su nutrición y alimentación básica a través de productos derivados de la misma. Desde el punto de vista de los exportadores, es esperable que quieran obtener mayores ganancias vendiendo a precios internacionales para acaparar mayor poder de mercado, generando un gran descontento por parte de este sector, que cabe aclarar no involucra a todos los productores de carne.
Entendemos que el aumento en el precio de la carne se debe a 3 cuestiones principalmente:
- Tipo de cambio elevado
- Suba de costos (precio internacional del maíz)
- Aumento de la demanda internacional
Dicho esto, si buscamos mejorar la calidad de vida de los argentinos en el corto plazo, esto puede ser impulsado a través del abaratamiento de los costos de producción vía disminución en los precios del maíz, aumento de la oferta de la carne mediante restricción externa y engorde de los novillos, y reducción de la tasa de devaluación, en resumen: lograr una disminución del precio interno de la carne.
Tomando como base la política impulsada por Rusia, es que tuvimos en cuenta esta alternativa para poder disminuir los conflictos y lograr bajar el precio de la carne. La retención móvil tiene como objetivo cobrar un impuesto solamente a las exportaciones que excedan cierto monto, para el caso de Rusia es U$S 200 para el trigo y U$S 185 para el maíz.
Según la nota “Pan para hoy y… para mañana” realizada por Kevin Castillo, en Argentina si analizamos el caso del trigo, podemos aproximar que el impuesto debería ser cobrado cuando el precio supere los U$S 170, dado que se trata del precio promedio si consideramos el período desde el 2016 hasta ahora. El impuesto referido sería del 50% sobre la base imponible, es decir el remanente existente sobre la diferencia entre el precio límite y el efectivo, dejando en claro que es sólo un ejercicio por parte del observatorio, es decir un caso hipotético de lo que podría ser una medida coherente y viable.
Siguiendo este análisis, si comparamos con un impuesto fijo del 15%, es decir que no se discrimina según el precio, podemos ver que para precios menores a U$S 240 la retención móvil beneficiaría a los exportadores en relación al impuesto fijo propuesto por el gobierno y para precios mayores a este se imputará una carga mayor relativa, que se entendería como un castigo por superar los precios máximos registrados en los últimos 5 años.
Por Juan Ignacio Ruggieri